Las garantías de seguridad jurídica son el conjunto de prerrogativas que protegen los derechos más esenciales existentes de cada individuo.
Además
busca la protección de otros bienes:
como son:
la
vida, la libertad, las propiedades o posesiones, incluso la tranquilidad y
certeza de las personas en las instituciones .
Estas garantías jurídicas están contempladas en los artículos
constitucionales:
14, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 23.
Y… ¿TÚ CONOCES ESTOS
DERECHOS?
Ninguna modificación
nueva a la ley te puede perjudicar pero si
podrá beneficiarte.
Nadie te podrá quitar
tu derecho a defenderte, ni a ser escuchado en audiencia ente una autoridad.
No se te podrá
castigar por una conducta que tenga similitud a lo establecido en la ley.
Cuando la justicia de
otro país solicite a una persona,
esta no se le será entregada
cuando se pretenda una violación a los derechos humanos.
Nadie podrá
molestarte ni a ti, ni a tu familia,
domicilio, papeles o posesiones, solo si presenta una orden justificada y firmada por un juez
Si alguna autoridad
te detiene, esta te debe de poner
a disposición de manera inmediata ante la autoridad competente, y no se te
puede retener por más de 48 horas.
Tienes el derecho a
que se te administre justicia ante un tribunal, pero también que sea lo más
pronto posible y de manera gratuita, ni por más tiempo del que la misma
ley tiene permitido a las autoridades.
Tienes el derecho
a que se te explique la resolución de un juicio.
Si eres sujeto a un
juicio tienes el derecho a que el juez siempre esté presente.
En caso de estar
detenido tienes derecho a ser informado de tu situación, a no ser torturado ni
maltratado, a estar frente a frente con tu denunciante y poder defenderte de lo
que se te acusa, y de tener una defensa
justa.
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